Noticias 2004 - 2010 RedClara
- Veronica Uribe
Se aprueba en Venezuela reforma de Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación
El artículo 33 de dicha ley se establece la creación de una contribución especial para el fomento de las actividades científicas y tecnológicas. Asimismo, el artículo 48, relacionado con el financiamiento de la banca a las actividades de innovación tecnológica, le confiere al Fonacit la facultad de propiciar el establecimiento de programas crediticios y de incentivos para el sector bancario nacional, con el fin de financiar las innovaciones tecnológicas.
Por otra parte, en esta modificación de la ley también se incorpora la apropiación social del conocimiento. Por ejemplo, el artículo 29 establece que “el ministerio con competencia en ciencia y tecnología creará mecanismos de apoyo, promoción y difusión de invenciones e innovaciones populares, propiciando su transformación en procesos, sistemas o productos que generen beneficios a la población”.